El uso de las banderas autonómicas puede llevar a incumplimientos de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, sobre el uso de banderas y enseñas. En una de las salas de la Subdelegación de Defensa de Lérida está la Bandera de España junto a la de Cataluña, tal y como se aprecia en la imagen. ¿Es legal? El artículo 3 de la mencionada Ley dice: "La bandera de España será la única que ondee y se exhiba en las sedes de los órganos constitucionales del Estado y en la de los órganos centrales de la Administración del Estado". En el artículo 4 se resalta que "en las Comunidades Autónomas, cuyos Estatutos reconozcan una bandera propia, ésta se utilizará juntamente con la bandera de España en todos los edificios públicos civiles del ámbito territorial de aquella". Esto lleva a varias preguntas: La Subdelegación de Defensa de Lérida ¿es un edificio civil o militar? ¿Forma parte de los órganos centrales de la Administración del Estado?
Como decía el viejo Catecismo, "doctores tiene la Santa Madre Iglesia". Pero, aunque no sea usted doctor, ¿cuál es su opinión?
Untitled Document
Comentarios
Total comentarios 5
pepe
15/07/2012 13:46:56
porque en la subdelegacion de defensa de madrid en la calle quintana esta solo la bandera de españa, cual es la diferencia entre madrid y lerida?, me supongo que cualquiera puede responder.
3474
elías
11/07/2012 22:22:36
Me encuentro en situación ajena al sevicio activo desde hace algún tiempo. No me considero al corriente de la legislación actual que pueda determinar si es civil o militar el edificio de la Subdelegación de Defensa de Lérida, ni me importa. No creo que sea ese el problema. Sólo deseo expresar mi total identificación con el Teniente Coronel D.José Pérez Francés y dejar constancia de mi respeto, admiración y cariño. Lamento no poder decir lo mismo de sus superiores.
6353
guirre
11/07/2012 17:36:49
Pese a los traidores, timoratos y pusilanimes. ¡A ESPAÑA SERVIR HASTA MORIR!
5240
Javier
11/07/2012 9:12:10
Pues a mí me parece normal que ocurra.
En esta España nuestra no se exige el cumplimiento de las leyes, ni siquiera a los representantes del Estado, ya sean gobernantes o funcionarios. Entonces, ¿de qué nos extrañamos pues?.
Así de simple, así de complicado. Saludos
6665
Ángel
10/07/2012 19:48:09
Mi opinión es que hay un incumpliendo flagrante de la ley. De este incumplimiento son responsables los autores materiales (jefe de la Subdelegación de Lérida) y los que, sabiéndolo, lo consienten, hasta llegar la responsabilidad al JEME y al ministro. Amplío la noticia que está circulando por internet. El teniente coronel D. José Pérez Francés, digno hijo del que fue ilustre teniente general D. Juan Pérez Crusells, ha sido cesado en su destino en la Subdelegación por denunciar este hecho, o sea, por denunciar un incumplimiento de la ley. Él mismo dijo en su despedida que no se debe lealtad a aquel que incumple las leyes, como escribió el general Almirante (aunque quizá el general Almirante sea preconstitucional y, por tanto, obsoleto). Cito al JEME porque la lealtad obliga en doble sentido y no se puede alegar que la Subdelegación es un órgano de “Defensa” para no actuar. El teniente coronel citado es del ET. Para concretar más la opinión que piden desde Atenea, diré que es imperativa la retrocesión en el destino con todos los honores y publicidad del teniente coronel y el cese inmediato de los responsables del incumplimiento de la ley en todos los niveles. Por último, si Atenea, indudablemente, conoce más sobre esta noticia, ¿por qué no la publica completa?