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¿Deben los infantes de marina proteger a los atuneros?

Juan Narro, Teniente General

   lunes, 02 de noviembre de 2009

 

El pasado 23 de septiembre el periódico digital de ATENEA recogía el adverso resultado de la moción presentada en el Congreso por el PNV con apoyo del PP y CIU  para embarcar efectivos de la Infantería de Marina en los pesqueros que faenan en las aguas de Somalia.  Decía la noticia que "La legalidad de una medida similar a la tomada por Francia, que ha embarcado a cuatro infantes de marina en cada buque que faena en aguas del Océano Índico, centró el debate en el Congreso." Añadiendo que el PSOE mantenía que la Ley de Defensa Nacional no permitía que militares armados fuesen a bordo de los pesqueros.

 

La opinión pública entiende en principio poco este argumento, ya que están en juego intereses nacionales, y no sería difícil encontrar una salida jurídica al problema. Según el artículo 15.3 de la Ley Orgánica de la Defensa Nacional 57 /2005, Misiones a las Fuerzas Armadas." Las Fuerzas Armadas, junto con las Instituciones del Estado y las Administraciones públicas, deben preservar la seguridad y bienestar de los ciudadanos en los supuestos de grave riesgo, catástrofe, calamidad u otras necesidades públicas, conforme a lo establecido en la legislación vigente". Aquí hay un supuesto de grave riego para nuestros armadores. Y en todo caso situaciones nuevas, como es ahora el ataque de los piratas, pueden requerir legislaciones nuevas. Para eso están los Parlamentos. Y aquí de nuevo se hecha muy en falta la necesidad de una verdadera política de Seguridad y Defensa

 

La Infantería de Marina tiene experiencia suficiente para acciones en alta mar o en las aguas costeras. Hay que recordar el brillante papel de los infantes de marina cuando la Armada interceptó en Diciembre de 2002 ,en aguas de Yemen, un carguero norcoreano con misiles SCUD, en las operaciones de embargo tras Guerra del Golfo. En esta operación un helicóptero Seaking SH-3D, protegido por otro helicóptero Seahawk, sobrevoló el carguero y siete infantes de Marina de operaciones especiales se descolgaron sobre cubierta, tomando el control del buque.

 

Pero parece que tal como están las cosas la decisión es razonable. Una cosa es la utilización de los infantes encuadrados en una operación de la Armada, y otra muy diferente dispersarlos en pequeños núcleos dentro de los atuneros. Y lo de menos es la necesidad de buscar acomodo a "pasajeros  extra" dentro de las limitadísimas posibilidades de espacio libre de un pesquero. Hay un problema logístico serio para su despliegue y sostenibilidad debido a la amplia dispersión de efectivos. Pero el problema de fondo es el de la aplicación de las reglas de enfrentamiento, ROE,s. El pequeño contingente de infantes no puede estar a las órdenes del capitán del pesquero.

 

Habría que efectuar una gran delegación de autoridad para que el suboficial o cabo de la Armada responsable aplicase las reglas de enfrentamiento correspondientes .Desconozco los matices del caso francés, pero de entrada Francia es mucho menos restrictiva para dar una respuesta contundente  en caso necesario. Si en España incluso un Capitán de fragata o Teniente de navío al mando de un buque ,deben pensárselo  dos veces antes de aplicarla, dadas las grandes restricciones a las que están sujetos nuestros militares.,excuso decir en escalones de mando mas bajos.

 

Juan Narro*

Teniente general del Ejército (Retirado)


* Teniente General del Arma de Ingenieros en situación de retiro. Fue 2º Jefe del Estado Mayor del Ejército, Jefe del Estado Mayor Conjunto y primer Comandante Comandante del Cuartel General de la OTAN en Retamares (Madrid).

 

 

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Comentarios
Añadir comentario Total comentarios 2
Cabo (RV) de Infantería de Marina Javier López Cuesta
30/09/2009
Totalmente de acuerdo con el contenido del artículo, los Infantes de Marina de la FGNE (Fuerza de Guerra Naval Especial) o de los EOS (Equipos Operativos de Seguridad) están perfectamente instruidos y adiestrados para las misiones Force Protection y MIO (Maritime Interdiction Operation), pero deben operar siempre desde buques de la Armada, no civiles, sobre todo, si estos, además, no tienen pabellón español, sino que en su popa ondea una bandera vasca.

El armador que necesite Seguridad en sus barcos, que se la pague, como hacen los armadores de otros paises -hablo de contractors tipo Blackwater y similares-; y si no, que mande a sus pesqueros a faenar a aguas menos peligrosas que las del Cuerno de África.
40   36
José Berlanga Reyes
28/09/2009
Dos deducciones a considerar. Una: Francia disfruta de fuerte voluntad política para defender a sus ciudadanos e intereses y España, no.
Dos: ROE,s. Seria acusación por las dificultades que sufren nuestros Mandos para aplicarlas pese a ser tan restrictivas.
45   37
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