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Fuero militar colombiano, privilegio o mayor garantía para los ciudadanos

Rogelio Núñez

   lunes, 16 de abril de 2012

La seguridad jurídica es un concepto que afecta no solo a temas económicos o empresariales sino también incide en el ámbito de la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado. En caso de que no fuera así, ¿cómo se entendería que un soldado, o un policía, se atreva a enfrentarse a un delincuente, e incluso a disparar para proteger su vida y la de los ciudadano si no sabe que está amparado por el estado y por una legislación que le protege?

Esto no quiere decir que el agente del orden tenga patente de corso o que, en aras de la seguridad ciudadana, puedan cometerse crímenes contra la población indefensa. Esos excesos deben ser juzgados y perseguidos. Pero el soldado, el oficial y el policía deben salir a combatir el crimen amparados por un sistema que protege al protector y no al violador de las leyes.

Esto es así en líneas generales, qué no decir en contextos como el mexicano, el centroamericano y el colombiano, donde se viven verdaderos enfrentamientos que, en el caso del país sudamericano, es de un verdadero conflicto bélico contra una guerrilla como las FARC.

Los militares colombianos lo tienen muy claro. Más de tres cuartos de los miembros de las FFAA aseguran que "temen hoy más a los procesos judiciales que a sus enemigos, el narcotráfico o la guerrilla".

Y esto tiene una consecuencia directa en las acciones militares que ejecutan, pues evitan llevar a cabo operaciones ofensivas para no asumir tales riesgos extramilitares pues lo que se gana en el campo de batalla se pierde en los tribunales.

La reforma del fuero militar colombiano

Precisamente ahora en Colombia se vive un áspero debate en torno a la reforma, o no, del fuero militar. El proyecto busca delimitar las competencias entre la justicia civil y la castrense y fue presentado por el ministro de la Defensa, Juan Carlos Pinzón.

Toda infracción al derecho internacional humanitario será competencia de la justicia penal militar y la reforma especifica qué delitos serán competencia de la justicia ordinaria. Casos de genocidio o violación sexual, por ejemplo, no podrán ser conocidos por la justicia militar.

De esta forma, el tribunal de garantías tendrá dos salas, una primera con mayoría de civiles centrada en el control de garantías en la jurisdicción ordinaria, y la otra sala con mayoría de militares retirados, que va a ser el juez de garantías de la jurisdicción penal militar.

Se va a mantener la lista con los dos delitos de lesa humanidad y genocidio, y se reforzaría el control de constitucionalidad en la Corte para que haya mayor seguridad jurídica sobre cuáles son los delitos que finalmente se trasladan a la justicia ordinaria y cuáles se quedan en la justicia penal militar. Asimismo se creará una comisión mixta, que evaluará si un delito pasa, o no, a la justicia ordinaria.

La ley viene a intentar atajar una peligrosa senda por la que habían entrado algunos magistrados, pues su jurisprudencia había, no solo desvirtuado la filosofía del fuero militar y su verdadero sentido sino, lo que es peor, dejado a los miembros de las FFAA desvalidos jurídicamente y con temor a acometer acciones militares.

Así, por ejemplo, una importante cantidad de bajas en acción de guerra legítima han acabado judicializándose por la justicia ordinaria como si se tratase de homicidios fuera de combate.

De hecho, esta reforma otorga un piso seguro a las FFAA sobre el que apoyarse. El comandante de las Fuerzas Militares, el general Alejandro Navas, dijo que el proyecto de ley es "un voto de confianza para los soldados (pues) todos los actos de guerra que se den al amparo del Derecho Internacional Humanitario serán juzgados con esa lupa".

Y el expresidente Álvaro Uribe alaba la medida pues considera que el fuero representa una gran tranquilidad para las Fuerzas Militares. De hecho fue durante su gobierno, en 2006, cuando se aprobó un decreto ley que obligaba a que las operaciones militares contaran con la vigilancia del Cuerpo Técnico Investigativo de la Fiscalía (CTI).

El CTI debía acompañar las operaciones militares: "con el fin de facilitar el procedimiento, las Fuerzas Militares deben llevar a cabo el desplazamiento oportuno de los servidores del CTI al lugar de los hechos, procurar sus seguridad y el retorno a la respectiva sede".

Esta norma supuso una atadura importante para las Fuerzas Militares y hasta el expresidente Uribe ha aceptado el error cometido en su gobierno: "decisiones de buena fe de nuestro Gobierno pudieron debilitar el Fuero Militar".

Conclusiones

Muchas ONG y organismos internacionales ven el fuero militar como una puerta abierta hacia la impunidad ya que propiciaría que se comentan crímenes contra la humanidad.

Sin embargo, en países democráticos como Colombia, con división de poderes y una prensa fuertes y crítica, el fuero militar no debe ser visto como un privilegio sino como una herramienta para que las FFAA hagan mejor su trabajo.

Y ese mejor trabajo se traducirá en mayor seguridad para todos lo ciudadanos que desean vivir en paz y protegidos.

 

* Rogelio Nuñez es Doctor en Historia de Iberoamérica.
Miembro del Observatorio de Seguridad y Defensa de América Latina (OSAL).

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