El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz rechazó el pasado martes la querella contra las organizaciones independentistas "Catalunya Acció" y "Esait", a las que la Fundación para la Defensa de la Nación Española (Denaes) acusaba de ser promotoras de la pitada durante el himno nacional en la final de la Copa del Rey disputada entre el Athletic de Bilbao y el FC Barcelona el pasado 13 de mayo.
La decisión de Pedraz ha sido cuestionada en varios sectores de la sociedad, entre ellos en la judicatura. Por su interés, reproducimos la carta remitida por Manuel Jiménez de Parga, Presidente Emérito del Tribunal Constitucional, al director del diario ABC, publicada el jueves 24 de julio.
El camino peligroso
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Manuel jiménez de Parga |
El artículo 56.3 de nuestra Constitución proclama: "La persona del Rey es inviolable". Bastaría este precepto para reconsiderar la resolución de un juez de la Audiencia Nacional que acaba de establecer que el Rey puede ser objeto de una sonora pitada en un acto público, sin que los autores de tales hechos deban ser condenados.
Pero en la Constitución se dice algo más. El citado artículo 56 comienza con estas palabras: "El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia". Por tanto cualquier menosprecio del símbolo redunda en un ataque al mismo Estado que él representa. O sea, que la impunidad de quienes ofenden al Rey no tiene cabida en nuestra Constitución. Los caminos para llegar a esta conclusión son varios, pero confluyentes en la misma tesis.
Al conocer la reciente decisión de un juez mi conciencia no me permite permanecer callado. Si se admiten estas desviaciones el fin del recorrido es fácilmente previsible. Luego vendrán los lamentos. Los adversarios pueden ganarnos, pero no hemos de contemplar impasibles la carrera como hacen los tibios.
Manuel Jiménez de Parga
Presidente Emérito del Tribunal Constitucional
* Editorial de Atenea Digital
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