La sentencia dictada por la Sección Primera de la Audiencia Nacional el 13 de enero condenando a cinco miembros de una célula yihadista salafista desarticulada en Barcelona y dirigida por el marroquí Omar Nakcha se hacía pública seis días después de que el Tribunal Antiterrorista marroquí de Salé dictara también una sentencia condenatoria para catorce miembros de la célula terrorista bautizada como Fatal Al Andalus (Conquista de Al Andalus) desarticulada en varias ciudades de nuestro vecino a fines de 2008. Ambas decisiones judiciales han pasado en buena medida desapercibidas porque otras cuestiones más mediáticas relacionadas con el terrorismo yihadista salafista, como son el secuestro de los tres cooperantes españoles desde fines de noviembre, el atentado frustrado contra el vuelo Ámsterdam-Detroit o la intensificación de la lucha antiterrorista global en escenarios como Yemen y Nigeria, entre otras, atraen buena parte de la atención nacional e internacional. Ello por no hablar de semanas sangrientas en Afganistán y Pakistán o del atentado suicida producido el 6 de enero contra una comisaría de Majachkala, capital de la república rusa de Daguestán, que costaba la vida en el momento a siete policías.
No obstante es en pequeñas reseñas como estas que tienen que ver con el frente judicial de la lucha antiterrorista donde muchas veces podemos extraer importantes enseñanzas para la misma. Así, dos de los condenados por la Audiencia Nacional, Nakcha y Mohamed Mrabet Fahsi, habían abandonado la cárcel el 18 de diciembre deduciéndose por ello entonces que no recibirían condenas superiores a nueve años, pues tras algo más de cuatro años de prisión preventiva habrían cumplido ya la mitad de sus condenas. Como en casos anteriores sorprende a muchos lo reducido de estas a la luz de las graves acusaciones que la Fiscalía había presentado contra ellos, entre otras la de reclutar terroristas para enviarlos a Irak, entre ellos a Bellil Belkacem quien como suicida asesinara en 2003 a 28 personas en su ataque contra la base de los Carabinieri en Nasiriya. En realidad, a los juzgados en Madrid sólo se les ha podido condenar por integración en organización terrorista y por conspiración para cometer atentado, sumándose un total de 34 años para los cinco acusados, con penas que van de los 5, para dos de los acusados por colaboración, a los 9 años del dirigente del grupo.
Mejores resultados aporta sin duda la sentencia pronunciada el 7 de enero en Salé en la que el líder de la célula Fatah Al Andalus, Rashid Zerbani, recibía una condena a 15 años y multa de 45.000 euros por planificar atentados contra centros turísticos en Agadir y contra un cuartel en El Aaiún. Otros tres de los acusados eran condenados a 10 años, seis a 8 años y tres a 4 años. En este caso no sólo se intervinieron planes muy elaborados para atentar sino también materiales químicos y electrónicos para la fabricación de explosivos. En momentos en los que en lo que al Magreb respecta parece que el terrorismo sólo tiene visibilidad en países como Mauritania y Argelia y que se desplaza de forma progresiva hacia el sur saheliano bueno es recordar que también sigue actuando tanto en nuestro suelo como en el de nuestro vecino más inmediato. Por ello hay que seguir trabajando en términos preventivos y reforzar la cooperación internacional para conseguir erradicar una lacra que sigue condicionando las agendas gubernamentales en buena parte del mundo.
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